Alta de trabajadores extranjeros por cuenta propia como Autónomos
Necesitas saber sobre el alta de trabajadores extranjeros por cuenta propia si emigraste al territorio español, buscas trabajo bajo dependencia y no encuentras, pasa el tiempo y ante la necesidad de ganar tu sustento te decantas por el trabajo independiente.
Trabajar por tu cuenta no era la primera opción que habías pensado pero si no encuentras otro modo de trabajar no te queda otra alternativa.
Pero eres extranjero y te preguntas si tendrás las mismas exigencias y requisitos como si fueses un ciudadano español, pues son muchas las preguntas que te estarás habiendo en este momento cuando quieres iniciar tu actividad económica por tu propia cuenta, entonces a continuación recibirás toda la información que te interesará conocer como extranjero que quiere trabajar por su cuenta en España.
Requisitos conseguir el alta de trabajadores extranjeros por cuenta propia
Si necesitas conseguir el alta de trabajadores extranjeros por cuenta propia, significa que eres una persona mayor de 16 años, un trabajador no comunitario que no perteneces al espacio económico europeo ni a la UE.
- Como primera medida necesitas obtener la autorización administrativa para que puedas llevar a cabo la actividad empresarial que hayas decidido realizar dentro del territorio español.
- Como profesional debes contar con la cualificación correspondiente o la experiencia que indique que tienes la aptitud suficiente para desarrollar tu actividad profesional.
- Incluso esa actividad profesional que quieres desarrollar en España te otorgó un título que debe ser homologado o recibir la colegiación cuando sea necesaria.
- Si en lugar de llevar a cabo una actividad profesional decides emprender un proyecto empresarial, actúa el Ministerio de Trabajo e Inmigración exigiéndote que cuentes con la inversión suficiente para llevar a cabo ese proyecto con la posterior creación de empleo.
- Si piensas llevar a cabo una actividad profesional demostrarás la colegiación a partir de un certificado.
- Si decides emprender un proyecto empresarial debes demostrar que cuentas con el capital suficiente para mantener esa actividad y que a la vez cuentas con el dinero previsto para tu propia manutención.
- De acuerdo a la consideración del ordenamiento español no debes tener antecedentes penales en tu país de origen ni en España.
- Debes tener residencia permanente en España.
Cómo tramitar el alta de trabajadores extranjeros por cuenta propia
Ya sabes cuáles son los requisitos para el alta de trabajadores extranjeros por cuenta propia, ahora estás por conocer cómo hacer el trámite:
- Debes dirigirte a la Oficina Consular española en persona y a la que corresponde a tu localidad donde resides presentando el modelo EX01.
- Presentarás el documento de viaje o tu pasaporte en vigencia.
- Presentarás el certificado de los antecedentes penales o un documento similar que expide tu país de origen o país donde residiste los últimos 5 años.
En el documento debe constar que careces de condenas por conductas inapropiadas de acuerdo a lo que entiende la legislación de España.
- Presentarás el certificado sanitario donde conste que no padeces enfermedades que requieren una cuarentena de acuerdo a lo que prevé el Reglamento Sanitario Internacional.
- Si piensas trabajar llevando a cabo una actividad profesional, presentarás la titulación homologada.
- Debes demostrar que cuentas con la inversión suficiente para poner en marcha tu proyecto o el compromiso de entidades financieras de las que recibirás el apoyo necesario para concretarlo, es decir que si no cuentas con el dinero suficiente para iniciar tu proyecto, ya habrás debido iniciar el acuerdo para recibir el apoyo de alguna institución financiera.
- Presentarás por escrito el proyecto que quieres lleva a cabo, indicando la inversión que prevés como necesaria, la rentabilidad que esperas obtener de tu proyecto y los puestos de trabajo que piensas que necesitarás crear.
- Presentarás la licencia o autorización que corresponda a la apertura de tu proyecto empresarial o actividad profesional donde conste en qué instancias se encuentra el trámite.
- Tu solicitud será registrada por la Oficina Consular y como interesado recibirás una comunicación que corresponde al inicio del procedimiento o dependiendo de tu caso también puede resolver la inadmisión.
- La resolución será tomada por la autoridad competente y la trasladará al Ministerio de Asuntos Exteriores, entidad que actuará condicionando la vigencia de la solicitud, expedirá el visado y tu entrada efectiva en el territorio español.
- Como interesado recibirás la notificación autorizándote el trabajo por cuenta propia y la residencia y te indicará la tasa que te corresponde abonar previamente a la solicitud del visado.
- Cuando te notifiquen la concesión del visado, tienes un mes para recogerlo en persona y entrarás en el territorio español a lo largo del plazo que corresponde a la vigencia, el cual nunca será mayor a los 3 meses.
- Al encontrarte legalmente en España comenzarás tu actividad, te afiliarás y te darás de alta en Seguridad Social para luego iniciar la cotización de acuerdo a lo términos impuestos por la entidad.
- Ten en cuenta que si dejaste pasar un mes desde que entraste a España y solicitaste la tarjeta de identidad de extranjero sin que te hayas afiliado a la Seguridad Social y por ende no te diste de alta, la autoridad resolverá extinguir la autorización.
- Por otra parte también debes tener en cuenta que la autorización de trabajo por cuenta propia tiene una duración de un año, el mismo plazo que la autorización inicial de residencia.
Renovación del alta de trabajadores extranjeros por cuenta propia
- Si necesitas renovar el alta de trabajadores extranjeros por cuenta propia presentarás la solicitud adjuntando toda la documentación que demuestre que cumples con todos los requisitos que corresponden a la concesión inicial.
- También adjuntarás los documentos que demuestren que cumples con las obligaciones fiscales y los que exige la Seguridad Social.
- Existe un plazo exigido para la presentación de tu solicitud con la documentación ante el organismo competente que es de 60 días hábiles antes de que expire la autorización actual.
- Si cumples con este plazo exigido la autorización actual se prorroga hasta tanto se defina la resolución de tu nueva solicitud.
- Salvo que se haya resuelto tu residencia permanente, la vigencia de la renovación de la autorización del trabajo por cuenta propia y de residencia será por dos años.
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